La Colectiva Cambiémosla Ya llama a no dar marcha atrás y consolidar los valiosos avances en la protección de los derechos de las comunidades, de los territorios y del ambiente, frente a las corporaciones mineras, alcanzados con la reforma a la Ley Minera de 1992 que resultó en la promulgación de la Ley de Minería en mayo de 2023.
La modificación al marco legal de la industria minera se logró, en gran medida, por la movilización y el empuje de comunidades y organizaciones sociales que durante muchos años hemos denunciado los abusos sistemáticos cometidos por distintas autoridades y la industria minera. Estos abusos, cometidos al amparo de una Ley Minera neoliberal y laxa, originaron que se otorgaran a discreción miles de concesiones mineras, sin notificar a los legítimos dueños de la tierra que sus predios habían sido afectados; y de otorgar concesiones de agua aun en regiones en condiciones de estrés hídrico.
En este marco legal, a las mineras se les dio acceso preferente a la tierra y al agua, pasando por encima de los derechos de propiedad de comunidades y pequeños propietarios. Pueblos y comunidades han visto contaminados sus cuerpos de agua, roto el tejido social y trastocadas sus actividades productivas sin que la minería haya mejorado sus condiciones de vida ni su bienestar.
La nueva Ley de Minería representa un avance significativo que no debemos dejar que se pierda. Sabemos que todavía hay temas que deben modificarse para detener la vulneración de derechos, la opacidad, el saqueo y la destrucción de ecosistemas y bienes naturales que realizan las corporaciones mineras y no dejaremos de señalarlo.
Un grupo de legisladores interpuso ante la SCJN una acción de inconstitucionalidad en contra de las reformas que dieron lugar a la Ley de Minería de mayo de 2023. Igualmente, representantes de las corporaciones mineras han impulsado esta impugnación y han interpuesto múltiples amparos contra la Ley de Minería para tratar de conservar los privilegios para el saqueo irrestricto que les concedió la ley de 1992.
Si la Suprema Corte, desoyendo a las comunidades, le diera injustamente la razón a los legisladores que se oponen a la regulación, regresaría la Ley Minera de 1992, lo que sería un retroceso en la garantía de los derechos humanos y en la protección del medio ambiente, sería contrario al principio de progresividad y no regresión.
La discusión y resolución de la constitucionalidad de la reforma a la Ley de Minería, con el número de expediente 129/2023, se ha postergado desde 2023, pero podría resolverse en los próximos tres meses.
La Colectiva Cambiémosla Ya, integrada por comunidades, pueblos originarios, movimientos, academia, personas defensoras y organizaciones de la sociedad civil, llamamos a las y los ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación a desechar esa acción y privilegiar la garantía de los derechos humanos y la protección del ambiente.
Los principales avances de la reforma a la Ley de Minería:
- Se retira el carácter preferente a la actividad minera. Es decir, ya no estará por encima de las actividades que las comunidades llevan a cabo en sus tierras.
- Establece la consulta previa, libre, informada para obtener el consentimiento antes de dar una concesión en territorios de comunidades y pueblos.
- Prohíbe la minería en Áreas Naturales Protegidas, zonas sin agua o zonas donde se ponga en riesgo a la población.
- Se prohíbe la minería submarina.
- Obliga a tener un programa de manejo de residuos y un programa de restauración, cierre y post-cierre con obligaciones hídricas y ambientales.
- Limita el traspaso de concesiones. Solo se autoriza si se pagan los derechos correspondientes y se cumplen los requisitos de la concesión original. Esto pone fin a dos décadas de especulación financiera con bienes de la nación.
- Elimina la expropiación del terreno como derecho del concesionario.
- Separa y diferencia los procesos de exploración y explotación minera.
- No permite concesiones ociosas. Deben comenzar las obras en noventa días hábiles a partir del registro de la concesión, esto limita la especulación financiera con los títulos de concesión.
- Se sanciona el incumplimiento de las condiciones de seguridad de los trabajadores del sector.
- No permite sitios de disposición final de residuos en Áreas Naturales Protegidas, humedales, vasos, cauces o zonas donde se afecte a la población.
- Se elimina la figura de terreno libre y primer solicitante. Ahora las concesiones sólo se otorgarán mediante concurso o licitación pública.
- Obliga a declarar el uso de aguas de laboreo y pagar derechos por su aprovechamiento.
- Las concesiones se cancelarán si las empresas:
- No inician trabajos en un año.
- No realizan trabajos en la concesión por dos años seguidos.
- No presentan el plan de cierre de mina.
- Hay riesgo de desequilibrio ecológico o daño o deterioro irreversible del ambiente o la salud.
- No pagan contribuciones por dos ejercicios consecutivos.
Aunque estos puntos son insuficientes para detener los abusos de la minería en México, son sin duda avances en la dirección correcta, que deben ser consolidados en su aplicación con el reglamento de la Ley de Minería, mismo que debió publicarse 180 días después de que entrara en vigor la Ley.
Sobre el reglamento de la Ley de Minería
Un paso fundamental para consolidar el avance en la protección de los derechos frente a la industria minera en México es la elaboración y publicación del reglamento de la Ley de Minería.
Este documento, a cargo de la Secretarías de Economía y de Medio Ambiente y Recursos Naturales, debió publicarse dentro de los 180 días posteriores a la entrada en vigor de la ley de Minería, es decir, antes de que finalizara el año 2023. Sin embargo, estamos en el segundo trimestre de 2025 y el o los reglamentos siguen sin publicarse.
Desde la Colectiva Cambiémosla Ya, hemos buscado acercamiento y espacios de diálogo permanentes para aportar insumos y colaborar en la elaboración de este instrumento, pero la Secretaría de Economía ha mantenido una posición hermética.
Durante su campaña, la presidenta de la república, Dra. Claudia Sheinbaum Pardo, prometió prohibir la minería a cielo abierto y el fracking, ¿por qué no impulsó que el grupo parlamentario de su partido en el Congreso aprobara la iniciativa presidencial de reforma ambiental sobre estos temas, misma que fue presentada y aprobada en comisiones en febrero de 2024?
La Secretaría de Economía ha mostrado mucha apertura hacia las empresas mineras. Representantes de la industria minera y altos funcionarios públicos de la dependencia han declarado en medios de comunicación que pretenden producir un reglamento que sea lo más operativo posible para las empresas. ¿Qué significa eso? ¿En dónde queda la preocupación por los graves impactos socioambientales que esta industria extractiva ha ocasionado en los territorios?
Somos claros, se necesita una reglamentación que sea fiel al sentido de la reforma de 2023 y que facilite una correcta implementación de los avances en la protección de las personas, las comunidades y el medio ambiente. Nos preocupa que se abra la puerta a la industria para la redacción de reglamentos a modo, mientras se excluye a las personas que conocen de primera mano las afectaciones por la minería. Que nadie se confunda, lo que reclamamos es un reglamento para proteger los derechos de pueblos y comunidades y no daremos ni un paso atrás.